Servicio para la redacción del proyecto de construcción para la duplicación de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la Costa). Tramo: Cullera-Gandía. Vía y electrificación

Madrid, Espanja | Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
Julkaistu 1 kuukausi sitten | 26.4.2026 Alkuperäinen ilmoitus

Servicio para la redacción del proyecto de construcción para la duplicación de la línea ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de la Costa). Tramo: Cullera-Gandía. Vía y electrificación.

Motivado por la Resolución de 17 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo de la Línea Ferroviaria Valencia-Alicante (Tren de
la costa). Fase II. Tramo: Cullera-Gandía», se hace necesario realizar Estudios adicionales durante la redacción del presente proyecto de construcción, además de añadir al proyecto aspectos complementarios recogidos en el apartado de
condiciones de la citada declaración de impacto ambiental. Estos Estudios deberán contar con la conformidad del Organismo competente en la materia correspondiente en cada caso.
Relacionado también con trámites ambientales a realizar durante la redacción del proyecto se encuentra la definición de una solución constructiva para el puente sobre el río Júcar que sea autorizada por la Confederación Hidrográfica del Júcar.
Los últimos puentes ejecutados sobre el río Júcar en la zona de Cullera presentan una tipología estructural singular que evita la disposición de pilas en el cauce. Siguiendo este criterio de diseño, que cuenta con la conformidad de la CHJ, se ha decidido resolver el paso sobre el río Júcar mediante una solución singular frente a la propuesta inicial de replicar la disposición de apoyos del puente ferroviario existente.
La ejecución de esta nueva estructura para doble vía conllevará al desmantelamiento del puente actual.
Por otra parte, la dilatación en el tiempo de la tramitación ambiental y la aprobación definitiva del Estudio Informativo ha supuesto un intervalo temporal de más de 6 años entre la licitación del contrato (en diciembre de 2018) y la reactivación del
mismo (en marzo de 2025). Esta circunstancia implica, por un lado, la necesidad de realizar una nueva toma de datos que refleje el estado actual de las diferentes infraestructuras existentes en el ámbito del proyecto, y por otro, que durante este
tiempo se haya producido una actualización de la normativa vigente de aplicación y del contenido de los proyectos de ADIF respecto a lo indicado en el Pliego del contrato.
Dentro del alcance del contrato, en el Pliego se solicitaba la inclusión de un anejo específico en el que se justificará el cumplimiento del Reglamento 402/2013 sobre evaluación de riesgos del proyecto. Actualmente, ADIF exige que la redacción de sus proyectos se realice cumpliendo con el contenido del “Procedimiento General ADIFPG-
107-001-007-SC-521 Diseño Seguro de las Infraestructuras Ferroviarias” y el “Procedimiento general ADIF-PG-201-001-001-SC-521 Redacción de estudios y proyectos seguros”.
Además, a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 929/2020, el correspondiente documento de Análisis de Riesgos deberá incluir un Informe de Evaluación de la seguridad de un organismo de evaluación independiente (As Bo), cuyo coste deberá ser asumido por el Consultor. El importe de este informe no está incluido en el presupuesto del contrato.
Como consecuencia de la obligatoriedad, a partir del 1 de enero de 2024, de la aplicación de la Orden TMA/135/2023, de 15 de febrero, por la que se aprueban la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de
infraestructura (IFI) y la instrucción ferroviaria para el proyecto y construcción del subsistema de energía (IFE) y se modifican la Orden FOM/1630/2015, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción ferroviaria de gálibos y la Orden FOM/2015/2016, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el Catálogo Oficial de Señales de Circulación Ferroviaria en la Red Ferroviaria de Interés General en febrero de 2023, todos los Proyectos de Construcción redactados para ADIF deberán contener un Anejo de Cumplimiento de las instrucciones adicionales contenidas en los libros terceros de las instrucciones ferroviarias IFI e IFE. Dicho anejo no figuraba en el alcance inicial del proyecto.
Por último, actualmente, ADIF exige en sus contratos que los proyectos se redacten aplicando la metodología BIM (Building Information Modeling); lo cual no estaba reflejado en el Pliego de contrato.

Ilmoitusnumero 286127-2026
Ilmoitusta kuvaavat CPV-Koodit Rautatien rakennustekniset palvelut (71311230)
EUVL S 81/2026
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